La Ley de Protección de Datos LOPD, Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, es de obligado cumplimiento para todas las personas físicas y jurídicas que posean datos de carácter personal de personas físicas.
Acceso al BOE: LOPD
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al
tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de
las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
1. La presente Ley Orgánica será de aplicación a los datos de carácter personal
registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad
de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.
La LOPD tiene como finalidad garantizar la protección y buen tratamiento de datos de carácter personal. Estos datos se dividen en tres niveles atendiendo al grado de información que se recoja de clientes, empleados, proveedores, ...
- Nivel Básico: datos identificativos como el NIF, número de la Seguridad Social, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma, foto, correo electrónico, ...
- Nivel Medio: datos sobre infracciones administrativas o penales, solvencia o crédito, datos tributarios, y datos referentes a las personalidad o comportamiento de las personas, como gustos, costumbres, aficiones, ...
- Nivel Alto: datos acerca de la ideología, religión, creencia, origen racial, salud, vida sexual o violencia de género.
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